Qué es, para qué sirve, quiénes pueden beneficiarse, cuáles son los pasos a seguir y con qué limitaciones cuenta. Descubra todo lo que hay que saber de la norma que protege a las personas físicas del país desde el 2015.
La ley de segunda oportunidad, promulgada por el Estado español en 2015 y reformada en 2022, lleva nueve años protegiendo de la quiebra total a las personas físicas del país. Sin embargo, sigue siendo una gran desconocida para muchos.
Solo en Canarias, un total de 2.018 familias y autónomos canarios se declararon en quiebra el pasado año ante la situación de insolvencia que atravesaban. Gracias al salvavidas que les brinda el mecanismo de segunda oportunidad para poder salir de esta situación, las cifras se han disparado en 2023, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicados en marzo.
Así, en el último año, el número de personas naturales no empresarias (familias y autónomos) que ha recurrido al concurso de acreedores ha aumentado un 107,2%, pasando de las 974 de 2022 a 2.018 el pasado ejercicio. El ratio de personas que presentaron esta medida por cada 100.000 habitantes en Canarias se situó en el 91,2%, siendo la segunda tasa más alta del Estado, sólo superada por Cataluña.
Las 5 claves de la norma
Qué es, para qué sirve, quiénes pueden beneficiarse, cuáles son los pasos a seguir y con qué limitaciones cuenta. Descubra todo lo que hay que saber de la norma que protege a los españoles:
1. ¿Qué es y para qué sirve?
Se trata de un proceso legal que permite a personas físicas cancelar total o parcialmente deudas y salir a flote tras atravesar una situación de insolvencia. Su objetivo es consentir que estos individuos, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tengan la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrán satisfacer.
2. ¿Quiénes pueden beneficiarse?
Pueden acogerse a esta ley todas las personas físicas declaradas en quiebra que cumplan una serie de requisitos. El principal, ser deudores de buena fe, es decir, haber caído en insolvencia por una situación fortuita y no por engaños o malos comportamientos. Además, deben tener más de un acreedor y no tener antecedentes por delitos socioeconómicos con una condena superior a 3 años, entre otras condiciones.
3. ¿Qué tengo que hacer?
El proceso para acogerse a la ley pasa por una serie de etapas. Para empezar, el deudor debe negociar un plan de pago con sus acreedores mediante una mediación formal, lo que se llama un acuerdo extrajudicial de pagos. En caso de no llegar a acuerdo, se puede solicitar un concurso de acreedores donde el juez revisa la situación financiera y propone un plan de pagos o la liquidación de bienes.
Sólo en los casos donde el deudor no pueda pagar y cumpla con las condiciones estipuladas se puede exonerar las deudas pendientes. Esto puede incluir la liquidación de bienes disponibles y la asignación de ingresos futuros durante un periodo determinado para satisfacer las deudas.
4. ¿Cuáles son los límites?
Aunque el mecanismo ofrece un salvavidas para muchos, no se aplica a todas las obligaciones financieras. Por ejemplo, aquellas deudas relacionadas con alimentos, Hacienda y Seguridad Social suelen estar excluidas. Además, el proceso puede ser largo y complicado, con la intervención de mediadores y jueces, por lo que la resolución puede demorarse entre seis meses y dos años.
5. ¿Y los autónomos?
Debido a su actividad económica, la norma es especialmente relevante para autónomos y pequeños empresarios, ya que pueden enfrentar situaciones de insolvencia con más frecuencia que los asalariados. En este sentido, la ley ofrece una vía para reestructurar sus deudas sin perder la totalidad de su patrimonio y poder continuar con su actividad profesional, algo que resulta crucial para poder seguir asumiendo riesgos.
Fuente: www.canarias7.es/economia/